Trinum Soluciones Integradas

DocuWare Logo Color RGB 2000px 1 002

Ley crea y crece

DOCUWARE

Obligatoriedad de la factura electrónica.
¡No te quedes atrás!

DocuWare

LEY CREA Y CRECE.
FACTURA ELECTRÓNICA

Automatización integral del proceso de facturación con DocuWare

¿QUÉ OBTIENES CON LA AUTOMATIZACIÓN DEL PORCESO DE FACTURACIÓN CON DocuWare?

CUMPLIR CON LA LEY crea y crece

DISMINUIR EL TIEMPO  de presentación de facturas al proveedor para su aprobación

AUTOMATIZAR EL COTEJO de albaranes/facturas/envíos

DISPONER DE LA DOCUMENTACIÓN CENTRALIZADA en una aplicación

RECIBIR AVISOS de control de cobros

INTEGRAR EL PROCESO de facturación con tu ERP

COMPARTIR DOCUMENTACIÓN con otros departamentos

Preguntas frecuentes

¿Las facturas emitidas también estarán disponibles durante 4 años?

Sí, nuestra solución permite una custodia, tanto para la empresa que la contrate, como para sus clientes y/o proveedores, de las facturas. Podrán acceder para consultarlas y descargarlas.

¿Dónde se almacenarán las facturas?

Según se confirme el borrador del reglamento, las facturas podrían almacenarse en la Solución pública de facturación electrónica, en el punto general de entrada asignada (si procede) y redes privadas de facturas electrónicas. Además, en el caso de la solución que ofrece Ricoh, la factura se almacena en el gestor documental (DocuWare).

Si necesitamos una copia de una factura, ¿cómo podemos obtenerla?

El proveedor tiene la obligación de tener las facturas disponibles en los portales  para que puedas descargarlas nuevamente.

¿Cuándo comienza a contar el plazo de 1 año de implantación de la ley?

El plazo de 1 año de implantación comienza a contar desde que se apruebe el reglamento.

Si nuestra empresa factura más de 6 millones, pero nuestro cliente no, ¿qué pasa?

Si vosotros sois el emisor, a partir del primer año desde que se apruebe el reglamento, tendréis que emitirles facturas electrónicas (xml estructurado) y un pdf de la misma. Si el cliente no está en ese momento trabajando con ningún PGE público o portal privado de envío/recepción de facturas electrónicas capaz de poder recibirlas, se le deberá de enviar por correo electrónico.

En el caso de recibir facturas electrónicas de proveedores que no tienen la obligación de emitirlas electrónicamente, ¿cómo las recibimos nosotros?

La forma de recibir las facturas electrónicas de proveedores que no tienen la obligación de emitirlas electrónicamente dependerá del sistema implementado. Con nuestra solución, se podrán recibir sin problemas. Si no disponéis de ninguna solución, el proveedor os podría remitir la factura por correo electrónico, pero no estaría cumpliendo la ley, ya que se deben emitir por las redes y puntos generales de entradas de facturas públicos y privados.

¿Habrá un plazo para indicar "ACEPTAR" o "RECHAZAR" la factura?

La información sobre los estados de la factura deberá remitirse en un plazo máximo de 4 días naturales, excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales, desde la fecha del estado que se informa en cada caso.

¿Podemos consultar la factura antes de aceptar o rechazar?

Sí, es posible consultar la factura antes de aceptarla o rechazarla.

¿Cómo se gestionan las facturas con clientes/proveedores extranjeros?

La emisión a clientes extranjeros no se ve afectada por la nueva ley. La recepción de facturas por parte de proveedores extranjeros depende de la normativa que aplica a la emisión de ese proveedor. Si el proveedor os emite una factura electrónica, tendría que emitirla a vuestro portal de facturas electrónicas al que estéis suscritos. Si no es así, os la enviará de la forma habitual. Con la solución de Ricoh, en ambos escenarios se recibirá la factura en el Gestor Documental.

¿Cómo se gestionan las facturas en el caso de recibos domiciliados?

Del mismo modo que cualquier otra factura. La forma de pago no afecta a la gestión de la factura.

¿En qué momento la factura del ERP se transforma en factura estructurada?

En el momento en el que se envía esa factura a la solución de Ricoh. La solución de Ricoh la transforma a estructurada, realiza la firma delegada (ya sea con el certificado de la empresa o uno propio) y la emite a cualquier punto o red de facturas, pública o privada.

¿Se debe seguir enviando la información al SII incluso si la Administración ya la tiene?

Sí. La obligatoriedad de emitir información de las facturas al SII se mantiene. Son dos cosas distintas. EL SII es para el pago del IVA, la Ley Crea y Crece para controlar la morosidad.

Si ya se utiliza la factura electrónica estructurada pero el cliente o proveedor no la utiliza, ¿qué se debe hacer?

El cliente o proveedor deberá disponer de un punto/red de facturas que les permita recibirlas y emitirlas. Así lo dictará la ley para todas las empresas y autónomos.

¿Cómo sabe el DocuWare a dónde enviar la factura?

Las empresas y profesionales que reciban sus facturas electrónicas, total o parcialmente, a través de una plataforma de intercambio de facturas electrónicas privadas, deberán hacer público su punto de entrada de facturas electrónicas en todas sus comunicaciones con otras empresas y profesionales y, en su caso, en su página web. En caso de que las empresas y profesionales no hayan identificado aún su punto de entrada de facturas electrónicas, se entenderá que su punto de entrada es la solución pública de facturación electrónica.

¿Se puede parametrizar la generación de facturas para que se contabilicen en el sistema contable?

Sí, eso ya sería un desarrollo por parte del ERP.

SOLICITA TU DEMO
"LEY CREA Y CRECE. FACTURA ELECTRÓNICA"

Automatización integral del proceso de facturación con DocuWare


    Los datos personales solicitados a través de este formulario son los mínimos necesarios para atender su solicitud y serán tratados por TRINUM SOLUCIONES INTEGRADAS, S.L. CIF/NIF B47715065 domicilio en C/ SANTA MARíA DE LA CABEZA Nº9 LOCAL., VALLADOLID (VALLADOLID), 47012 de acuerdo a lo establecido en nuestra POLÍTICA DE PRIVACIDAD con la finalidad de poder atender cualquier consulta que realice desde este formulario.


    Los datos recabados por este formulario no se cederán a terceros salvo por obligación legal. Le recordamos que usted tiene derecho al acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos dirigiendo su petición a la dirección postal indicada o al correo electrónico INFO@TRINUMSI.COM. Igualmente puede dirigirse a nosotros para cualquier aclaración adicional.

    He leído y acepto la Política de Privacidad *

    Deseo recibir información comercial de productos/servicios